Skip to main content

Conciliación Grupo Repsol – Excedencias

En cualquier tipo de excedencia, la petición de reingreso deberá solicitarse al menos con 30 días
de antelación, sin perjuicio de lo que específicamente se disponga en la ley. En las excedencias
voluntarias previstas en el artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores, el incumplimiento de la
antelación mínima requerida comportará el cese definitivo en la empresa a todos los efectos.