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Retorno al convenio – Personal excluido de convenio en Repsol Fuels

Un año más, tras la reciente actualización salarial del colectivo de “Excluidos de Convenio”, ponemos a vuestra disposición una hoja de cálculo comparativa para que podáis comprobar vuestra posición actual respecto a las tablas del Convenio Colectivo.

También se adjunta la tabla salarial provisional 2025, cuyos valores están aún pendientes de la actualización correspondiente a la negociación del nuevo Convenio Colectivo. En el artículo 79 de nuestro convenio marca una actualización de salario sin acuerdo del 100% del salario base según el IPC interanual. El IPC del año 2025 terminó con un aumento del 2,9 %.


Cómo utilizar la hoja de cálculo

Para obtener una comparación personalizada, es necesario introducir los siguientes datos:

  • Casillas verdes → indicar:
    • Nivel de convenio que se tenía antes de la exclusión.
    • Antigüedad.
    • Si se trabaja a turnos.
    • Si se pertenece al EPCI.
  • Columna de Excluido → introducir el salario anual actual.

Con esta información, la hoja calculará automáticamente la diferencia retributiva entre permanecer fuera de convenio o volver a las tablas oficiales.


Niveles típicos aplicables a personal directamente excluido

Según el Acta de Equiparación de Niveles, para el personal Técnico Medio se establecen niveles típicos por puesto. Aunque los desarrollos del Convenio siguen sin estar reflejados en el Convenio, recordamos lo recogido en el art. 13 del Convenio, que establece:

Por coherencia con el resto de grupos profesionales, el desarrollo de Técnicos y Técnicos Especializados debería estructurarse así:


Plan de pensiones y efecto según antigüedad

Es importante tener en cuenta el impacto del retorno a convenio sobre el plan de pensiones:

  • Antigüedad anterior a julio de 1997
    • Aportación empresa en Convenio: 5,37 %
    • Aportación empresa Excluidos: 10,3 %
      → El retorno a Convenio implica menor aportación, pero puede compensarse mediante la antigüedad que actualmente no se percibe.
  • Antigüedad posterior a julio de 1997
    • Aportación idéntica: 3,5 % tanto en Convenio como en Excluidos.
      → En este caso, no hay pérdida por aportaciones, y la comparación salarial es directa.

¿Qué debe hacer cada trabajador/a excluido de convenio?

El colectivo de Excluidos de Convenio no directivos, según la Disposición Adicional Sexta del Convenio debe:

  1. Analizar detalladamente su salario actual utilizando la herramienta adjunta y compararlo con la retribución que correspondería en Convenio según nivel, antigüedad y complementos.
  2. Si la comparación muestra que la situación actual es inferior a la retribución de Convenio, recomendamos:
    • Solicitar el incremento salarial correspondiente
    • En caso de no recibir el aumento correspondiente, solicitar el retorno a Convenio, si esta opción resulta más beneficiosa y justa.

Nuestro compromiso

Desde nuestra organización sindical seguimos defendiendo una reivindicación fundamental:
ningún trabajador ni trabajadora debe quedar en una situación salarial inferior a la que le correspondería por Convenio.

La exclusión de tablas ha generado desigualdades retributivas difíciles de justificar. Por ello, seguimos impulsando las acciones necesarias para garantizar el desarrollo de carreras profesionales y las compensaciones reales de salario y antigüedad de todo el colectivo.