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Comisión de Garantía RP – XIII Convenio Colectivo

El pasado 31 de enero se realizó reunión de Comisión de Garantía. (Enlace Acta)

Se indican los principales puntos:

Actualización de salarios. Después de publicarse el IPC definitivo del año 2023 que terminó en un 3,1% de aumento de los precios, en la nómina de febrero, pagadera en marzo, vendrá la actualización de las tablas salariales del 2023 con un incremento y atrasos del 1,83% (por el 75% del incremento del IPC contando con el 0,5% de previsión que ya teníamos), además de la paga no consolidable del 0,77% (25% del IPC).

En la nómina de marzo, pagadera en abril, vendrá la actualización de las tablas salariales del 2024 con la previsión de IPC del 0,5% sobre las tablas definitivas del 2023.

Tablas Salariales 2023 definitiva y 2024 provisional.

Absentismo En Puertollano, Cartagena y A Coruña continuamos con un alto absentismo que nos aleja del cobro de la reducción de salarios en casos de IT. 

Permisos retribuidos

  • Días laborables: Se reclama que se disfruten los permisos retribuidos en días laborales como así dictan las sentencias de supremo, pero ni se debate. La empresa continúa consumiendo los permisos en días de descanso en los casos que considera unilateralmente que se pierde el “nexo de unión” entre el hecho causante y el disfrute del permiso. Únicamente se pasa el trámite.
  • 4 días retribuidos para casos urgentes e imprevistos: la empresa considera que ese permiso no tiene porqué retribuirlo. En una reunión que desconocemos, hubo una propuesta de la empresa para retribuir los días al 50% que fue rechazada y por tanto sigue sin retribuir los 4 días divisibles por horas. También se pasó el trámite.

Préstamos de empresa Últimamente, se estuvieron denegando préstamos a trabajadores en suspensión de contrato o IT cuando tienen derecho a ello. La empresa contesta al punto expuesto por USO que debe ser un error y, por tanto, se buscarán soluciones.

Saliente de doble. Continúa habiendo un trato diferente a los trabajadores que realizan turnos dobles a 16 horas en función de la disponibilidad de personal de la empresa. Se niegan a desplazar el descanso a días siguientes cuando exista personal disponible.

Encuesta Adeslas Se solicitarán conclusiones al departamento que pidió la encuesta para saber el parecer de la plantilla con el servicio.

EL PERMISO PARENTAL DE 8 SEMANAS NO RETRIBUIDO

Desde el 30.06.2023, con el art. 48.bis del Estatuto de los Trabajadores, se tiene derecho a solicitar hasta 8 semanas de permiso parental por cuidado de menores, siendo un permiso de carácter no retribuido.

El permiso parental permite ausentarse del trabajo para el cuidado de hijos/as mayores de 1 año o menores acogidos por tiempo superior a 1 año, hasta que el menor cumpla 8 años. 

  • Tiene una duración total de hasta 8 semanas, continuas o discontinuas, por cada menor.
  • Es un derecho individual, sin que pueda transferirse su ejercicio.
  • Podrá disfrutarse a tiempo completo o en régimen de jornada a tiempo parcial.
  • Es de carácter no retribuido (pendientes cambios en julio de 2024).

En el Grupo Repsol el permiso parental se solicita enviado con mínimo 10 días de antelación (salvo fuerza mayor) modelo de solicitud (Formato) a [email protected], con copia al responsable directo y responsable de RR.LL. del centro de trabajo, siendo autorizada mediante carta.

 Amplía información y resuelve tus dudas

Para conocer las diferentes alternativas para la conciliación familiar y laboral, contacta con tu Delegado Sindical de USO.

DISCRIMINACIÓN EN LA RETRIBUCIÓN VARIABLE INDIVIDUAL DEL GRUPO REPSOL

Tal y como os comunicamos el pasado 15 de octubre, gracias a una sentencia ganada por USO en la empresa SITEL, se declara discriminatoria la penalización económica de los trabajadores por motivos de salud o enfermedad.


Tras exponerlo en Repsol Butano, también se ha planteado en la Comisión de Garantía de Repsol Petróleo la discriminación que sufrimos los empleados por la minoración en la paga de objetivos individuales en procesos de baja médica de enfermedad común y, en particular, según lo trasladado a los diferentes Convenios desde el Acuerdo Marco, por las bajas o ausencias que no acarrean hospitalización. 


Como era de esperar, la empresa niega cualquier similitud con esta sentencia y se niega a corregir las minoraciones por bajas médicas, que entendemos se deben aplicar desde el 14.07.2022, fecha de entrada en vigor de la Ley 15/2022 de igualdad de trato y no discriminación.


Desde que se implantó el sistema de retribución variable y la minoración por absentismo con el IX Acuerdo Marco, muchos empleados se han visto perjudicados por el mero hecho de tener que coger la baja médica, aunque cumplieran los objetivos individuales marcados, ocasionando mal clima laboral y unos perjuicios económicos injustos.


Desde USO seguimos dando los pasos oportunos para denunciar esta discriminación, que sin duda tendrá repercusión en todas las empresas del Grupo Repsol, trabajando con nuestro servicio jurídico que ha ganado esta sentencia.

REUNIÓN GRUPO REPSOL

Los responsables de las Secciones Sindicales de USO en el Grupo Repsol nos hemos reunido en Tarragona los días 21 y 22 de noviembre para poner en común las diferentes problemáticas y diferencias existentes en las empresas y centros, estableciendo planes de trabajo, formación y comunicación para las demandas de la afiliación, que sigue creciendo, y sobre temas de importancia para todos los trabajadores, como son las licencias retribuidas, conciliación, empleo y coeficientes reductores, seguridad y salud, excluidos de convenio, plan de pensiones, etc.

Además se ha trasladado a las Comisiones de Seguimiento diferentes temas como la discriminación en la minoración de la Retribución Variable Individual por bajas médicas.

Seguimos trabajando para informar y asesorar a los trabajadores, defendiendo el uso y mejora de los derechos laborales.

Anticipos de nómina

Todos los trabajadores tenemos derecho a pedir anticipos a cuenta del trabajo ya realizado (Art. 29.1 ET) Aunque ya percibimos un porcentaje como entrega a cuenta del mes siguiente, tenemos la posibilidad de solicitar anticipos, que se descontarían posteriormente en nómina.

El importe máximo que se puede solicitar es la cantidad que quedaría una vez descontadas las retenciones por impuestos y en su caso, retenciones judiciales.

  • Personal fijo: Anticipo de nómina del mes en curso: El máximo a solicitar correspondería con el líquido percibido el mes anterior (sin pagas extras).Anticipo pagas extras: El descuento se realiza en la nómina del mes en que se cobre la paga sobre la que hemos solicitado el anticipo. El importe que se puede solicitar es el devengado en el momento de la solicitud.
  • Personal eventual: Únicamente puedes solicitar el anticipo de la paga extra

Hay que tener en cuenta que:

  • Solo se puede solicitar un anticipo por mes.
  • No se puede adelantar el pago de la retribución variable.
  • No puede solicitar anticipo de las pagas extras prorrateadas.
  • Debido a que SAP Concur no permite gestionar anticipos para dietas y gastos de viajes, en caso necesario pedirlo como anticipo de nómina.

 Solicitud de anticipo:

  • Enviar tu solicitud a [email protected], indicando: nombre, apellidos, NIF, importe a solicitar y tipo de anticipo solicitado.
  • En caso de usar un mail diferente al corporativo, un escrito firmado con la solicitud.
  • El tiempo estipulado para recibir la transferencia en tu cuenta bancaria es aproximadamente de una semana desde la confirmación de tu solicitud.

¿ESTÁN LOS OBJETIVOS DEL PLAN DE PENSIONES ALINEADOS CON TUS INTERESES?

Nos hemos propuesto daros a conocer en detalle nuestro Fondo de Pensiones. En este nuevo post vamos a dejar las comisiones y retrocesiones, solo temporalmente, a un lado para ver que ocurre con los objetivos que tiene definidos. Lo que si os podemos adelantar es que los objetivos no están alineados con tus intereses, y eso que no sabemos tú edad

Antes de analizar el porqué los objetivos no están alineados con tus intereses, veamos cuales son los objetivos del Fondo de Pensiones Repsol II, 

La captura anterior viene de la Declaración de Principio de Política de Inversión. El objetivo de todos los Planes de Pensiones del Grupo Repsol es mantener el poder adquisitivo más una pequeña rentabilidad adicional, y aquí tenemos el primer problema. ¿Tiene sentido mantener el poder adquisitivo para un trabajador que tiene 35 años por delante de trabajo e inversión?. Está claro que no. 

Veamos que ocurre haciendo un par de simulaciones. Si aportamos 200€ a un 5% durante 35 años la evolución sería la siguiente, 

Pero si en lugar de conseguir un 5% nuestro objetivo fuese de un 7%, 

El interés compuesto hace su «magia» en el largo plazo. 

Si estas en puertas de jubilación y crees que te beneficia sentimos decirte que con un esquema de inversión con un porcentaje elevado de renta fija puedes perder mucho dinero en el peor momento. 

La rentabilidad de nuestro Fondo de Pensiones en 2022 fue de un -8,86% si a ello le sumamos una inflación según el INE del 5,7%la  rentabilidad real en el año 2022 fue de un -13,77%.

Como has podido comprobar, cuando eres joven y puedes capturar la rentabilidad de los mercados no te dejan, y cuando llega el momento de la jubilación estás expuesto a los vaivenes de estos

Para esta problemática existen algunas soluciones, desde USO hemos buscado alternativas tanto en la legislación vigente cómo en otras empresas que las aplican con bastante éxito

Cuándo propusimos un partícipe, con dominio de los planes de pensiones e inversión, para la Comisión de Control del Fondo de Pensiones Repsol II lo que ocurrió es por todos conocido. Pero esto no va a impedir que todos los partícipes del plan puedan ser conocedores de la gestión real que se está haciendo, aunque tengamos limitado el acceso a la información. 

DISCRIMINACIÓN EN LA RETRIBUCION VARIABLE INDIVIDUAL POR LAS BAJAS MÉDICAS

La Audiencia Nacional ha emitido una sentencia histórica a favor de USO, aplicando por primera vez la «Ley Zerolo» de igualdad de trato y no discriminación por enfermedad, que crea la jurisprudencia necesaria para evitar dicha discriminación. Esta sentencia es pionera y establece un precedente importante para prevenir la discriminación por motivos de salud. La Ley 15/2022 de Igualdad de Trato y No Discriminación, conocida como «Ley Zerolo», se aplicó al sector de contact-center, específicamente en la percepción de incentivos y el disfrute de permisos retribuidos.

En el caso contra la empresa Sitel, la Audiencia Nacional declaró la nulidad de cláusulas en los planes de incentivos que eliminaban la percepción de estos incentivos cuando los empleados tenían ausencias por baja médica o por acompañamiento a menores o mayores a citas médicas. La sentencia afirmó que las ausencias por enfermedad no deben ser obstáculos para recibir la retribución de los incentivos ganados.

En relación a los permisos por acompañamiento, la sentencia aplicó una interpretación con perspectiva de género para evidenciar prácticas que penalizan a las mujeres por su carga familiar, desincentivando la corresponsabilidad de los hombres. Reconoció que las mujeres predominan en el uso de estos permisos, lo que constituye una penalización indirecta para ellas.

Además, la sentencia introdujo la idea de discriminación por asociación, argumentando que la penalización del incentivo para el acompañante también constituye discriminación por enfermedad indirecta. Este enfoque es novedoso en el ámbito judicial español y se basa en la Ley 15/2022.

En el caso de Repsol nos encontramos con una situación similar en la cual. la retribución variable por objetivos individuales es minorada o eliminada por determinadas bajas médicas, independientemente de que se hayan alcanzado los objetivos impuestos, dando lugar a una discriminación en el mismo sentido que plantea esta sentencia. 

Desde USO estamos trabajando para que todos los trabajadores del grupo se beneficien de la histórica sentencia conseguida por los servicios jurídicos de nuestro sindicato. 

Fuente Original

PLUSES CON REDUCCIÓN DE JORNADA

SIN ACUERDO EN EL ÚLTIMO PASO DE MEDIACIÓN EN REPSOL QUÍMICA PARA EL ABONO ÍNTEGRO DE PLUSES EN REDUCCIONES DE JORNADA 

Debido al recorte proporcional de algunos pluses en situación de reducción de jornada, desde USO reclamamos este complemento para todos los empleados en Repsol Química, aunque es un problema que tenemos en todas las empresas del Grupo.

En USO hemos estado abiertos al diálogo con la empresa y hemos hecho llegar a la Comisión de Seguimiento del Convenio y del Acuerdo Marco la intención de regularizar esta situación. Tras esto, en fecha 26 de septiembre se ha celebrado el acto de mediación en SIMA, previo al trámite de demanda que la ley exige. En este acto se ha solicitado el derecho toda la plantilla con reducción de jornada al cobro íntegro de los pluses, evitando así las demandas individuales, a la vez que se protege a los trabajadores eventuales que cubren esas reducciones y sufren la misma discriminación en el cobro de los mismos.

Ante la negativa de la empresa de regularizar los pluses y el perjuicio que va a sufrir cada uno de los empleados que esté o necesite pedir una reducción de jornada a futuro, vamos a continuar los trámites legales por medio de una demanda de conflicto colectivo, ya que es la única forma de obligar a la empresa a que corrija y abone los pluses que correspondan.

Por último, queremos desmentir recientes comunicados, ya que las demandas de las que habla son personales y en caso de que fueran positivas sólo afectarían a los demandantes, obligando al resto a tener que presentar nuevas demandas individuales, perdiendo salario y al abandono de los trabajadores temporales que “no pueden” dar ese paso, pareciendo que solo se busca rédito sindical en vez de solucionar el problema. 

Recordamos que USO defiende los intereses de toda la plantilla, independientemente de las siglas que les representen o si no tienen afiliación, tal y como ya se hizo denunciando la doble escala salarial. 

Esperemos que nuestra acción pueda corregir este problema y beneficiar a todos. Nuestra filosofía es la defensa de los trabajadores, sin demagogia ni palabras en balde, sino con hechos.

RETRIBUCIÓN FLEXIBLE – ANALIZAMOS EN DETALLE EL SEGURO DE VIDA Y AHORRO (UNIT LINKED)

Uno de los productos que están a disposición de todos los empleados cómo retribución flexible es un Unit Linked. Estas palabras lo que realmente esconden es un Seguro de Vida Ahorro e Inversión

Un Unit Linked es un producto financiero que nos permite invertir, incluyendo un seguro de vida y un fondo de ahorro

La parte del fondo de ahorro se invierte en una cesta de fondos de inversión que se estructura en torno a un seguro de vida.  Por este motivo una parte de las aportaciones que realicemos irán destinadas al pago de la prima del seguro, pero la gran mayoría de la aportación irá a los fondos de inversión a excepción de un 0,55% que serán los costes que nos cobrará Vidacaixa por la gestión del producto, sin contar los gastos de los propios fondos de inversión

Realmente estamos ante un producto de inversión a largo plazo que solo podrá ser rescatado cuándo se de al menos una de las contingencias siguientes (listado resumido) , 

  • Jubilación
  • Fallecimiento
  • Extinción del contrato
  • Incapacidad laboral absoluta y permanente para todo trabajo o gran invalidez.
  • Dependencia severa o gran dependencia

La configuración de este seguro es muy similar a un plan de pensiones

¿Cuáles son les beneficios que obtengo con este producto? 

La ventaja que se obtiene en la contratación de este producto es la que está asociada a la propia retribución flexible, y es que las aportaciones al seguro no se imputarán cómo renta del trabajo, con lo cuál estas cantidades no tendrán retención de IRPF. 

Solo se tributa en el rescate. En forma de rentas del trabajo. 

No forma parte de la masa hereditaria en caso de fallecimiento.

Se puede rescatar como renta vitalicia.

En caso de fallecimiento el beneficiario tributaría por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esto dependiendo de la Comunidad Autónoma permitiría un importante ahorro fiscal.

Cuánto puedo aportar 

El importe mínimo que podrás destinar a este producto será de 1.500€ al año y el importe máximo de 100.000€ al año, no pudiendo exceder el 30% de la retribución total.

¿Cómo invierte este Unit Linked? 

Se establecen dos políticas de inversión en función de tu edad a 31 de diciembre de cada año natural,

1. Póliza de acumulación “Cesta de acumulación”: Es una cesta con mayor exposición a renta variable, con una inversión del 50% en renta variable y un 50% en renta fija. 

2. Póliza de consolidación “Cesta de consolidación”: Es una cesta más conservadora, con una inversión en renta fija del 80% y una inversión en renta variable del 20%.

Y el reparto de la inversión se hará en función de la siguiente tabla,

Detalles del seguro de vida

El capital asegurado es un 10% del saldo acumulado con un máximo de 6.000 € y un mínimo de 600 €. Es decir, a partir de un saldo de 60.000 € la prima de riesgo sería la misma, salvo por la edad del asegurado.

Inconvenientes

Capital y rentabilidad no asegurados.

Al rescatar en forma de rentas del trabajo, pagaremos impuestos tanto por las ganancias cómo por el rendimiento obtenido, al igual que ocurre con los planes de pensiones. 

Parte de lo invertido paga la prima del seguro por lo que esa parte no genera rentabilidad e irá incrementándose todos los años al aumentar la edad.

Costes de los propios fondos de inversión.

Las cestas están prediseñadas por lo que no se ajustará al 100% al perfil del cliente.

No permite traspasos entre diferentes Unit Linked. 

Comparativa Plan de Pensiones VS Unit Linked

Resumen

Es un producto orientado al largo plazo, con la ventaja añadida de la fiscalidad en caso de fallecimiento. 

Actualmente no disponemos de más información de la Cesta de Fondos de Inversión, ni de las comisiones que estas suponen. Esto es muy importante, aunque partimos con una gran ventaja fiscal, pagamos un 0,55% directamente a Vidacaixa y a esto faltaría añadir las comisiones de los propios fondos. Estas pueden llegar a hacernos perder mucha rentabilidad y el impacto a largo plazo sería muy serio

Antes de realizar cualquier inversión nuestra recomendación es analizar en detalle nuestro perfil inversor y ver si se adapta a nuestras necesidades. 

AYUDA ESTUDIOS EMPLEADOS Y AYUDA ESCOLAR

RETRIBUCIÓN FLEXIBLE GUARDERÍAS (Hijos de 0 a 3 años): Recuerda que puedes solicitar el importe de guardería con del Plan de Retribución Flexible (ahorrando con ello el IRPF correspondiente). Se puede solicitar o modificar del 1 al 15 de cada mes, siendo la solicitud para el mes siguiente.

Se solicita en la opción «Beneficios» App SAP Fiori o en este enlace: https://launchpad.repsol.com/

REPSOL QUÍMICA:El XV Convenio no contempla ayudas por estudios de hijos.

REPSOL PETROLEO (Art. 58.1 del XII Convenio) establece las siguientes ayudas:

  • Entre los 3 (que los cumplan en el año natural) y 15 y/o 16 años (incluye ESO): Se abona de forma automática en la nómina de agosto (fecha de cobro 15 de septiembre) para hijos incluidos en ficha de empleado. Concepto “P0U5 – AYUDA ESCOLAR AÑO ACT. (NOTA: Es caso de duda, espera a ver la próxima nómina).
  • Bachiller, desplazamiento y otras ayudas escolares no automáticas: (Plazo del 20 de septiembre al 20 de octubre). La ayuda se abonará en la nómina de Octubre (fecha de cobro 15 de noviembre).

Solicitud de ayuda escolar RP

Mas información

REPSOL BUTANO(Art. 74 del XXVIII Convenio) establece las siguientes ayudas:

  • Entre los 2 y 5 años: Se tramitan automáticamente, aunque para los nacidos en 2021 (2 años) se deberá presentar solicitud con matrícula de primer ciclo.
  • Plazo del 1 de septiembre al 31 de octubre.
  • Reglamento Repsol Butano.

Solicitud ayuda escolar

Solicitud gastos estancia

Solicitud transporte

Solicitud Ayudas Especiales

AYUDA ESTUDIOS EMPLEADOS (Plazo: 1 de septiembre al 31 de octubre)

Los trabajadores con contrato indefinido del ámbito de aplicación del Acuerdo Marco podrán solicitar el acceso a los Programas Ayuda Estudios para cursar:

  • Estudios Universitarios: Grado, Doble Grado o Máster en estudios oficiales.
  • Idiomas: inglés, francés, alemán o portugués en centros nacionales de la Escuela Oficial de Idiomas, o en otros centros a partir del nivel B1.
  • Formación Profesional Superior.

Impreso de solicitud de ayuda

Impreso de solicitud de abono

Reglamento Programa Ayuda Estudios para Empleados

Anexo I.- Listado Estudios