
Un accidente laboral o accidente de trabajo es toda lesión corporal sufrida por el trabajador con ocasión o por consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena.
Es necesario que exista una relación de causalidad directa entre trabajo y lesión. Debemos recordar que una lesión no constituye, por sí sola, accidente de trabajo.
¿Qué otros supuestos están considerados como accidente laboral?
- Accidentes producidos con ocasión de las tareas desarrolladas, aunque sean distintas a las habituales.
- Accidentes sufridos en el lugar y durante el tiempo de trabajo, salvo prueba en contrario.
- Accidente in itinere, al ir al trabajo o al volver de este.
- Accidentes en misión, sufridos en el trayecto que se tenga que realizar para el cumplimiento de la misión, dentro de su jornada laboral.
- Actos de salvamento: los acaecidos en actos de salvamento o de naturaleza análoga cuando tengan conexión con el trabajo.
- Enfermedades o defectos anteriores que se manifiestan o agravan como consecuencia de un accidente de trabajo.
- Enfermedades intercurrentes: las que constituyen complicaciones del proceso patológico determinado por el accidente de trabajo mismo. Tiene que existir una relación de causalidad inmediata.
- Las enfermedades contraídas con motivo de la realización de un trabajo, no incluidas en la lista de enfermedades profesionales.
- Los debidos a imprudencias profesionales. Son los accidentes derivados del ejercicio habitual de un trabajo o profesión y de la confianza que estos inspiran al accidentado.
¿Qué accidentes no se consideran accidente de trabajo?
No se consideran accidente laboral:
- Los accidentes debidos a imprudencia temeraria. En este caso se considera que se ha actuado de manera contraria a las normas, instrucciones u órdenes dadas por el empresario de forma reiterada y notoria en materia de seguridad e higiene.
- Los debidos a fuerza mayor extraña al trabajo. No constituyen supuestos de fuerza mayor extraña fenómenos como la insolación, el rayo y otros fenómenos análogos de la naturaleza.
- Accidentes debidos a dolo: cuando se actúa de forma consciente, voluntaria y maliciosamente provocando un accidente para obtener prestaciones que se derivan de la contingencia.
- Accidentes derivados de la actuación de otra persona. Los que son consecuencia de culpa civil o penal del empresario, de un compañero de trabajo o de un tercero constituyen auténticos accidentes de trabajo siempre y cuando guarden alguna relación con el trabajo.
¿Cómo debes actuar ante un accidente laboral?
Ante un accidente en el centro de trabajo habitual, comunícalo a tu responsable y acude a Servicios Médicos.
Si el accidente es in itinere, tendrás que justificar en la empresa, la fecha y hora del hecho, bien con la presentación de justificantes proporcionados por el transporte público utilizado, atestado policial si lo hay o parte del centro médico que te ha asistido.
Si el accidente es en misión, comunícalo a tu responsable y ponte en contacto con los SSMM del centro de trabajo para que te deriven al punto asistencial convenido.
¿Debe proporcionar algún documento la empresa a la persona accidentada si precisa de asistencia sanitaria?
Servicios Médicos deberá rellenar el parte de asistencia para accidente de trabajo. Se debe entregar una copia para que la Mutua pueda asistir a la persona accidentada, salvo en los Complejos Industriales de Puertollano y Cartagena que son autogestores de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Asistencia médica
Se debe distinguir por la gravedad y urgencia:
- Los accidentes leves pueden ser atendidos en el centro de trabajo con el botiquín.
- Accidentes graves o muy graves que necesitan atención urgente por las lesiones producidas, se derivarán al centro médico más cercano o mas adecuado.
Los servicios médicos atenderán a la persona, la derivarán en función de la gravedad de las lesiones y comunicarán el medio de transporte adecuado.
En caso de que el accidente ocurriese en el centro de trabajo pero las consecuencias empeoren en el domicilio se deberá contactar con SSMM para acudir al centro mas adecuado.

