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Nuevos permisos por nacimiento y cuidado del menor en 2025

Hoy, 29 de julio de 2025, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto‑Ley que modifica el Estatuto de los Trabajadores y amplía los derechos laborales vinculados a la conciliación familiar, en línea con la normativa europea.

La modificación, que entrará en vigor tras su publicación en el BOE, modifica el artículo 48 bis (permiso parental no retribuido) y artículo 37, ampliando en 3 semanas los permisos existentes de nacimiento y cuidado del menor.

Las principales mejoras son:

  • Permiso por nacimiento y cuidado del menor: se amplia de 16 a 19 semanas retribuidas. 2 de ellas podrán disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años.
  • Familias monoparentales: acceso a 32 semanas remuneradas, 4 de ellas flexibles hasta los 8 años del menor.

Las 2 semanas, 4 en el caso de monoparentalidad, que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla los 8 años de edad, serán de aplicación a los nacimientos o adopciones producidos a partir del 2 de agosto de 2024.

Con estos cambios se da un paso para reforzar la conciliación familiar y se pretende evitar sanciones de hasta decenas de miles de euros diarios por incumplimiento de la Directiva que debería estar aplicada desde agosto de 2024, desde el gobierno se considera que ya se cumpliría con la transposición del permiso parental retribuido previsto en el artículo 8.1 y 3 de la Directiva (UE) 2019/1158.

A falta de un mejor análisis tras la publicación del Real Decreto-ley, se amplía información con la Nota de Prensa.

Recientes avances conquistados por USO en el Grupo Repsol

Desde la Sección Sindical de USO en el Grupo Repsol queremos compartir los recientes avances conseguidos por nuestras Secciones Sindicales en Repsol Petróleo, Química y Butano, fruto del trabajo constante y riguroso que desarrollamos en defensa de los derechos laborales.

REPSOL PETRÓLEO (Aplicable a todas las empresas del Grupo Repsol)

Tal como avanzamos el pasado 2 de julio, gracias a la labor de la Sección Sindical de USO, hemos logrado un importante avance en materia del plan de pensiones. La empresa procederá a la regularización del sistema de aportaciones al plan de pensiones de empleo, en cumplimiento de la Ley 12/2022, que modificó el artículo 5.1.a) 2.º del Texto Refundido de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones (RDL 1/2002).


Hasta ahora, las aportaciones empresariales se reducían proporcionalmente en los casos de jornada reducida, vulnerando el principio de no discriminación. Este error detectado por USO beneficiará no solo a Repsol Petróleo, sino a todas las empresas del Grupo Repsol.  Como ya pasó con la Retribución Variable, se ha trasladado el asunto a una mesa del plan de pensiones para escenificar la solución de un problema planteado por USO.

Aprovechamos para adjuntar Acta de CG RP 15.07.2025 y comunicado de la reunión.

La Audiencia Nacional desestima todas las reclamaciones para actualizar el 100% del IPC

Desde USO lamentamos comunicar que hemos recibido una sentencia desfavorable para los intereses de los trabajadores y trabajadoras del Grupo Repsol, que desestima todas las reivindicaciones planteadas en relación con la revisión salarial correspondiente al año 2025

Más allá del contenido del fallo judicial, que consideramos injusto, esta situación pone de manifiesto la ambigüedad de la cláusula de revisión salarial incluida en el IX Acuerdo Marco. Su redacción ha dificultado una interpretación clara y una aplicación adecuada en un contexto económico marcado por la inflación, lo que ha derivado en una pérdida real de salario y de poder adquisitivo para la plantilla.

Ante ello, desde USO hemos decidido recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, con el objetivo de que se reconozca el derecho a una actualización salarial del 100% del IPC.

Enlace de Sentencia AN nº 100/2025

APORTACIONES AL PLAN DE PENSIONES EN SITUACIONES DE CONCILIACIÓN

No se deben reducir las aportaciones al plan de pensiones en casos de reducción de jornada y permisos por nacimiento

Desde la sección sindical de USO queremos informaros de que las aportaciones empresariales al plan de pensiones de empleo no deben reducirse en determinadas situaciones de conciliación. Concretamente, no se deben aplicar reducciones cuando la persona trabajadora se encuentra en:

  • La reducción de jornada por cuidado de hijos/as o familiares (art. 37.6 del ET),
  • Las suspensiones del contrato con reserva de puesto por nacimiento, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o lactancia (art. 48.4 a 8 del ET).

La Ley 12/2022, de impulso a los planes de pensiones de empleo, prohíbe expresamente reducir las contribuciones empresariales en estas situaciones, garantizando que, aunque la jornada se reduzca o el contrato se suspenda, las aportaciones deben mantenerse al 100%, como si la persona trabajadora estuviera a jornada completa y en activo.

Sin embargo, hemos detectado que la empresa está aplicando una reducción proporcional en función de la jornada, lo que afecta directamente a los derechos de quienes ejercen medidas de conciliación.

Desde USO ya hemos reclamado formalmente a la empresa

  1. Que corrija esta práctica discriminatoria,
  2. Que se regularicen las aportaciones no realizadas correctamente.

Si crees que puedes estar afectado/a o quieres revisar tu situación, contacta con la sección sindical de USO. Estamos aquí para defender tus derechos.

Liquidación de vacaciones no disfrutadas

Cuando estás de vacaciones o te liquidan vacaciones no disfrutadasse debe percibir una retribución comparable a los periodos de trabajo efectivos incluyendo todos los conceptos salariales que las personas trabajadoras perciban de forma habitual y constante

Desde la sección sindical de USO se ha detectado que la empresa no está abonando correctamente las vacaciones no disfrutadas en las liquidaciones, incluyendo únicamente una parte del salario que corresponde legalmente.

Las vacaciones deben retribuirse con el salario ordinario completo, incluyendo todos los conceptos fijos y habituales. La práctica detectada afecta principalmente a contratos temporales pero también en algunas situaciones a indefinidos, y que puede suponer una pérdida significativa de ingresos para quienes finalizan su contrato sin haber disfrutado de todos sus días de vacaciones. Puedes ampliar información en la web de USO: ¿Qué salario cobro mientras estoy de vacaciones?

Por este motivo, hemos interpuesto denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), solicitando que se revise esta práctica y se tomen las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la normativa laboral y reciente jurisprudencia.

Os mantendremos informados de cualquier avance. Si tenéis dudas sobre vuestra liquidación o queréis revisar vuestra situación individual, no dudéis en contactar con nosotros.

CONFLICTO COLECTIVO IPC. SIMA PREVIO Y ACUMULACIÓN ANTE LA AUDIENCIA NACIONAL

En el día de hoy hemos acudido al acto de mediación en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) sin que se alcanzara acuerdo con la empresa. Como siguiente paso, solicitaremos la acumulación del procedimiento con los conflictos promovidos por otras secciones sindicales, cuya vista está prevista en la Audiencia Nacional el 1 de julio de 2025.

Desde USO seguimos defendiendo un ajuste justo conforme al IPC acumulado y lo pactado en los Convenios. La empresa pretende aplicar un incremento del 2,201%, que no refleja la realidad del desfase entre IPC (17,6 %) e incrementos aplicados (13,59 %), omitiendo la obligación de ajustar un 4,01%.

Mientras se resuelve judicialmente, los únicos perjudicados somos las personas que hacemos posible los grandes beneficios de la compañía, que seguimos sin ver reflejado en nuestras nóminas el ajuste que nos corresponde.

Esta situación mantiene bloqueada la negociación del nuevo Acuerdo Marco de Repsol, lo que a su vez y en contra de lo propuesto por USO, paraliza todas las mesas de negociación de los convenios de empresa, ya que se supeditó el avance en dichas negociaciones al cierre del Acuerdo Marco.

Desde USO exigimos responsabilidad y transparencia en la próxima negociación del Acuerdo Marco, donde se debería recuperar una cláusula de revisión salarial real y automática vinculada al IPC, como la que existía en los convenios anteriores a 2014, para evitar nuevas interpretaciones interesadas y garantizar el poder adquisitivo de la plantilla.

Seguiremos informando de los próximos pasos. Gracias por vuestro apoyo.

COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL EN NUESTRAS NÓMINAS

La cotización a la Seguridad Social es la aportación de carácter obligatorio de cada trabajador por efectuar una actividad laboral. Están sujetos a la obligación de cotizar los trabajadores y asimilados y los empresarios por cuya cuenta trabajen.

Adjuntamos nota de los recientes cambios que afectan a nuestra nómina:

Cotizaciones Seguridad Social – USO Grupo Repsol

¿Dónde y cómo puedo ver la cantidad que cotizo a la Seguridad Social?

La cantidad se puede ver en la nómina, ya que en la misma vienen desglosados los conceptos junto con sus porcentajes. 

Las bases de cotización que tiene la Seguridad Social puedes verlas en: 

Informe de bases de cotización

Reunión de USO en el Grupo Repsol

Las diferentes Secciones Sindicales de USO en el Grupo Repsol avanzan en sus objetivos. Trabajo y crecimiento

Reunida en Tarragona la ejecutiva intercentro del Grupo Repsol, se han analizado diferentes aspectos generales de las Sección Sindical de Grupo.

Como piedra angular en nuestro Grupo, se han afianzado las secciones sindicales dentro de cada uno de los centros y empresas, y como viene siendo habitual, la afiliación continúa creciendo.

También se han tratado varios temas de afectación general a todos los trabajadores del grupo así como a cada una de las sociedades. En particular se están viendo las diferentes aplicaciones del convenio en función del centro de trabajo de pertenencia por las interpretaciones particulares de cada uno.

También hemos sentado las bases de la Negociación Colectiva que comenzará en 2025 tras la finalización de la vigencia de los Convenios Colectivos.

YA PUEDES SOLICITAR LA RETRIBUCIÓN FLEXIBLE 2025

Retribución Flexible: Incrementa tu retribución neta, ya que la retribución flexible hace que el IRPF a pagar sea inferior.

La retribución flexible es un sistema voluntario que permite a los empleados con más de 6 meses de antigüedad, destinar parte de la retribución dineraria bruta a productos o servicios que tienen beneficios fiscales.

Tienes hasta el próximo 7 de noviembre para solicitar la Retribución Flexible 2025

Recuerda: Descarga resumen de productos

1.- Ten activa firma digital y en caso de acciones, la cuenta de valores (enlace)

2.- Simula la Retribución Flexible en SAP Fiori – Beneficios / Gestión Productos RF. Consulta la guía de solicitud (PDF / Web Unity).

3.- Realiza la petición y cuando te llegue la confirmación, fírmala.

RETRIBUCIÓN FLEXIBLE 2025

En breve está previsto el lanzamiento de la nueva campaña de Retribución Flexible para el año 2025 (solicitudes del 17 de octubre hasta el 7 de noviembre).

Con el fin de que puedas estar preparado, te recordamos que:

Recuerda tener tu Firma Digital activa, ya que una vez solicitada la Retribución Flexible, debes firmar la documentación:

Solicitud de FirmaRevisión de Firma

La solicitud se hará a través de SAP Fiori, donde actualmente está toda la documentación de la Retribución Flexible 2024.

Desde USO estamos a tu disposición para ayudarte en el nuevo plan de Retribución Flexible